El máximo tribunal de la ONU ha emitido una opinión consultiva solicitada en diciembre de 2022 por la Asamblea General de Naciones Unidas sobre los territorios ocupados de Cisjordania y Jerusalén Este. La corte no se ha pronunciado sobre la Franja de Gaza ni el conflicto actual
Foto de archivo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya. CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA/FRANK VAN BEEK/Europa Press
19 de julio de 2024 16:04hActualizado el 19/07/2024 16:30h
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha emitido este viernes una opinión consultiva no vinculante, a petición de la Asamblea General de la ONU, sobre las consecuencias legales de las prácticas y políticas de Israel en los territorios palestinos ocupados de Cisjordania y Jerusalén Este. El presidente de la CIJ, Nawaf Salam, ha leído la opinión consultiva, en la que los jueces del máximo tribunal de la ONU establecen que la política de asentamientos de Israel contraviene varias normas internacionales, como la IV Convención de Ginebra, y las prácticas de Israel en esos territorios constituyen de facto la “anexión” de amplias partes de los mismos.
Salam también ha afirmado que la ocupación de Cisjordania establece una “discriminación y segregación sistemáticas, y un apartheid”, debido a las prácticas de Israel, que mantienen separados a los palestinos de los israelíes, limitando sus movimientos, expulsándolos de sus tierras y confiscándolas.
El tribunal de Naciones Unidas con sede en La Haya contesta de esta forma a las preguntas formuladas por la Asamblea General en diciembre de 2022: “¿Cuáles son las consecuencias legales derivadas de la violación continua por parte de Israel del derecho del pueblo palestino a la autodeterminación, de su prolongada ocupación, asentamiento y anexión del territorio palestino ocupado desde 1967, incluidas las medidas destinadas a alterar la composición demográfica, el carácter y el estatus de la Ciudad Santa de Jerusalén, y de su adopción de legislación y medidas discriminatorias relacionadas?”. También preguntó: “¿Cómo afectan las políticas y prácticas de Israel mencionadas (…) al estatus legal de la ocupación, y cuáles son las consecuencias legales que surgen para todos los Estados y Naciones Unidas de este estatus?”.
La CIJ ha considerado que las políticas y prácticas de Israel atentan contra el derecho a la autodeterminación del pueblo palestino. Además, ha pedido a todos los Estados de la ONU que no reconozcan ningún cambio sobre el terreno, porque la “continua presencia de Israel en los territorios palestinos ocupados es ilegal”, y les ha recordado que no deben prestar ayuda a Israel para mantener esa presencia. Asimismo, todos los Estados deben distinguir entre Israel y los territorios ocupados.
Los jueces de la CIJ han concluido que Israel debe cesar su política de asentamientos y desmantelarlos, y retirarse de los territorios ocupados hace 57 años, además de reparar a los palestinos por los daños causados por la ocupación.
Para elaborar su opinión, los magistrados han tenido en cuenta el derechos internacional humanitario, la Carta de Naciones Unidas, las resoluciones del Consejo de Seguridad del organismo, entre otras normas; además escucharon el pasado febrero los argumentos de 52 países, incluidos Palestina, España y Estados Unidos –Israel no estaba entre ellos–, y de tres organizaciones internacionales (la Liga Árabe, la Unión Africana y la Organización para la Cooperación Islámica).
De esos países, cerca de la mitad alegó que Israel está llevando a cabo los crímenes de lesa humanidad de apartheid y de persecución contra los palestinos, en el marco de su ocupación.
España denunció un “sistema de fragmentación jurisdiccional en el contexto de una estructura de discriminación institucionalizada” y enumeró violaciones del derecho internacional de las fuerzas israelíes, como la detención de niños o los asentamientos.
Israel se hizo con el control de Cisjordania y Jerusalén Este en la Guerra de los Seis Días de 1967 y, desde entonces, mantiene una ocupación militar sobre este territorio palestino. Sin embargo, no aplica la ley de ocupación en esos territorios, ni cumple con sus obligaciones legales como poder ocupante.